16 de Agosto de 2019

DECLARATORIA de vigencia de la Norma Mexicana NMX-R-058-SCFI-2019.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SE.- Secretaría de Economía.- Dirección General de Normas.

DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LA NORMA MEXICANA NMX-R-058-SCFI-2019, "MEDIOS DE COMUNICACIÓN-MEDIOS EXTERIORES-VOCABULARIO Y RECOMENDACIONES BÁSICAS DE OPERACIÓN (CANCELA A LA NMX-R-058-SCFI-2012)".
La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 51-A, 51-B y 54 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 22 fracciones I, XII y XXV del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la Declaratoria de Vigencia de la Norma Mexicana que se enuncia a continuación, misma que ha sido elaborada, aprobada y publicada como Proyecto de Norma Mexicana bajo la responsabilidad Comité Técnico de Normalización Nacional de Medios de Comunicación, lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general.
El texto completo de la Norma que se indica puede ser consultado gratuitamente en la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Calle Pachuca número 189, Piso 7, Colonia Condesa, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06140, Ciudad de México.
La presente Norma Mexicana NMX-R-058-SCFI-2019 entrará en vigor 60 días naturales contados a partir del día natural inmediato siguiente de la publicación de esta Declaratoria de Vigencia en el Diario Oficial de la Federación. SINEC2019011122045400.
CLAVE O CÓDIGO
TÍTULO DE LA NORMA MEXICANA
NMX-R-058-SCFI-2019
Medios de Comunicación-Medios Exteriores-Vocabulario yRecomendaciones Básicas de Operación (Cancela a la NMX-R-058-SCFI-2012).
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana establece las especificaciones y características de las buenas prácticas y losprocedimientos de operación más representativos o comunes en el mercado nacional, y que sirven comomarco de referencia tanto a los industriales del ramo como a sus contratantes.
Se definen nomenclaturas generales, por tipo, ubicaciones y materiales de los diversos medios exteriores.
La presente Norma Mexicana es aplicable para soportes fijos, digitales y derivados que exhiben mensajespublicitarios en lugares públicos.
Concordancia con Normas Internacionales
Esta Norma Mexicana no es equivalente (NEQ) con ninguna Norma Internacional, por no existir esta última al momento de su elaboración.
Bibliografía
·  NMX-Z-013-SCFI-2015, Guía para la estructuración y redacción de normas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 2015.
·  NMX-CC-9001-IMNC-2015, Sistemas de gestión de la calidad- Requisitos (Cancela a la NMX-CC-9001-IMNC-2008), publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de mayo de 2016.
·  Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 1992 y sus reformas.
·  Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Publicada en el Diario Oficial de laFederación el 14 de enero de 1999 y sus reformas.
·  Lineamientos de Medición de Medios Exteriores, Esomar 2009.
·  Reglamento de la Ley de Publicidad Exterior del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de agosto de 2011 y sus reformas.
 
Atentamente,
 
Ciudad de México, a 23 de julio de 2019.- El Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Normalización, Alfonso Guati Rojo Sánchez.- Rúbrica.
 

Diario Oficial de la Federación